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miércoles, 27 de mayo de 2015

Salmo 115:16, Segundo Tratado, Resolución 1397 e Israel

Por Jodor Jalit

Tzipi Hotovely, Viceministra de Relaciones Exteriores de Israel, volvió a cargar contra el pueblo palestino y negar su derecho a un estado. Al comunicarse con las representaciones israelíes Hotovely, remarcó la necesidad de abandonar estrategias diplomáticas complacientes y evitar disculpas.

En el Talmud, o Antiguo Testamento, el Salmo 115:16 dice: “Los cielos son los cielos de Jehová; y ha dado la tierra a los hijos de los hombres”. No soy un letrado en religión, pero el Salmo es claro; Dios entrega a la humanidad en su conjunto la totalidad de la tierra. En ningún momento se destaca un pueblo, grupo o tribu por sobre el resto.

Además, si se puede citar otras líneas del Talmud o Antiguo Testamento donde se entregue tierra a un grupo, en particular a los practicantes del judaísmo, es en clara contradicción con el Salmo aquí citado. Esto nos lleva automáticamente a un conflicto, y en el peor de los casos, una contradicción en la palabra de Dios. Y como solo Él puede aclarar sus dilemas, nosotros no podemos arrogarnos ese derecho.

Por otro lado, John Locke en su famoso “Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil” cita el mismo Salmo en su discusión sobre la propiedad privada. El dilema que Locke presenta es como puede parte de un algo que ha sido entregado a la humanidad en su totalidad transformarse en objeto de usufructo individual.

Locke resolvió su dilema postulando que el trabajo puesto en un bien común permite reclamar un derecho de propiedad sobre el mismo. Así, la manzana es de la humanidad hasta que alguien se toma el trabajo de recogerla. El mismo autor aclaró que la apropiación de recursos comunes debe ser medida para evitar privar al resto del mismo derecho a la propiedad.

Desde otra perspectiva, la Resolución 1397 (2002) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas resumió el espíritu de las resoluciones 242 (1967) y 338 (1973) exigiendo la devolución de los territorios ocupados por Israel en 1967, el cese de las hostilidades de todas las partes, y el retorno a las negociaciones para alcanzar la convivencia pacífica de dos estados, Palestina e Israel. Queda entonces expresado en las resoluciones el deseo de la comunidad internacional

Las resoluciones sientan la base del derecho internacional para la existencia de un estado palestino y otro israelí. En otras palabras, la verdad básica es el derecho a la tierra de palestinos e israelíes entre el Mar Mediterráneo y el Río Jordán. Aunque Israel no cumplió con sus obligaciones, sus ministros de relaciones exteriores entendieron esa obligación, y por la misma razón contemplaron argumentos diplomáticos relacionados con cuestiones de seguridad para justificar su existencia y bloqueo a Palestina. No la ocupación del territorio palestino.

Por último, dado que no podemos arrogarnos el derecho a interpretar libremente la palabra de Dios, como tampoco podemos cerciorar los derechos ajenos y debemos respetar el derecho internacional, las declaraciones desafortunadas de la Viceministra son un ataque a la religiosidad, al derecho privado e internacional. Acciones que merecen el repudio de la comunidad internacional en su conjunto, porque como expresó Albert Einstein en su carta al filósofo Eric Gutkind, “el pueblo judío, al que felizmente pertenezco y con cuya mentalidad tengo una profunda afinidad, no tiene ninguna cualidad distinta para mí…no son mejores que otros grupos humanos”. 

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