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miércoles, 07 de abril de 2021

Palestina en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas: a propósito de un reciente voto sobre justicia y rendición de cuentas para las víctimas palestinas

Por Nicolas Boeglin

El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, adoptó la resolución titulada "Situación de los derechos humanos en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y obligación de garantizar la rendición de cuentas y la justicia".

En los últimos días de su sesión anual en Ginebra, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, máxima instancia de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, adoptó la resolución titulada "Situación de los derechos humanos en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y obligación de garantizar la rendición de cuentas y la justicia".

Se trata de un recordatorio anual de las distintas obligaciones que, en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario, incumple impunemente Israel desde hace ya muchos años. 

El contenido de la resolución en breve

Es así como se lee que el Consejo de Derechos Humanos: 

"4. Deplora la persistente falta de cooperación de Israel con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y otros mecanismos de las Naciones Unidas que intentan investigar las presuntas vulneraciones del derecho internacional en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y pide que se coopere plenamente con el Consejo de Derechos Humanos y todos sus procedimientos especiales, mecanismos pertinentes e investigaciones, así como con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;

5. Exige a Israel, la Potencia ocupante, que ponga fin a todas las acciones ilegales en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, entre otras la construcción de asentamientos; la demolición de estructuras residenciales, incluidas las demoliciones punitivas de viviendas; el desalojo forzoso de habitantes palestinos y la revocación de los permisos de residencia de los palestinos que viven en Jerusalén Oriental mediante una serie de leyes discriminatorias; las excavaciones en lugares religiosos e históricos y sus alrededores; y todas las demás medidas unilaterales que tienen por objeto alterar el carácter, el estatus y la composición demográfica de todo el territorio, todas las cuales tienen, entre otras cosas, efectos graves y nocivos para los derechos humanos del pueblo palestino y las perspectivas de un arreglo justo y pacífico".

Entre los párrafos añadidos a los usualmente reunidos en esta resolución, que se adopta cada año en Ginebra, se lee que para este 2021, el Consejo de Derechos Humanos:

"18. Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que cumpla las obligaciones que le impone el derecho internacional respecto de la población ocupada protegida y garantice un acceso sin discriminación a las vacunas contra la enfermedad por coronavirus (COVID-19) en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, entre otros medios en coordinación con el Gobierno del Estado de Palestina".

Como se observará si se lee el texto completo, el Consejo de Derechos Humanos no hace sino externar su profunda preocupación por la situación imperante en el territorio palestino ocupado, exhortando a la potencia ocupante a cumplir sus obligaciones como tal y a investigar y sancionar a los responsables de exacciones cometidas contra la población civil palestina. 

Una resolución objeto de un fuerte cabildeo israelí en su contra

Como es ya bastante usual, Israel (Estado que no integra este órgano de Naciones Unidas) desplegó intensas gestiones diplomáticas semanas antes de la votación, así como su incondicional aliado norteamericano (que tampoco lo es)  en aras de  intentar obtener un resultado favorable entre los 47 Estados que integran este Consejo. Pocamente divulgado en algunos medios internacionales, cabe recordar el hecho siguiente:  el Presidente israelí realizó personalmente una gira en Austria, Alemania y Francia pocos días antes de la votación, como parte de la campaña oficial de Israel en contra de la justicia penal internacional de La Haya (véase cable de la agencia china de noticias Xinhua del 16/03/2021).

Como se recordará, en junio del 2018 Estados Unidos optó por retirarse del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas después de votarse una resolución de este órgano creando una comisión de investigación sobre las exacciones de todo tipo de las fuerzas de seguridad israelíes contra los manifestantes palestinos participando a la denominada "Gran Marcha del Retorno" (véase al respecto nuestra breve nota al respecto). Con 29 votos a favor, 14 abstenciones y dos votos en contra (Australia y Estados Unidos), Estados Unidos consideró que retirarse del Consejo de Derechos Humanos era lo más apropiado y oportuno: un gesto raramente observado, y saludado únicamente por Israel. El informe detallado de esta comisión de investigación está disponible desde febrero del 2019 en este enlace oficial .

Los resultados de la votación en breve

Para este año 2021, la resolución  titulada "Situación de los derechos humanos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y obligación de garantizar la rendición de cuentas y la justicia" se adoptó con 32 votos a favor (incluyendo los de Francia y Alemania), 6 en contra (entre los cuales el de Austria) y 8 abstenciones.

Un Estado de Oriente Medio y miembro del Consejo de Derechos Humanos particularmente observado, Bahrein, optó por no participar en la votación (ausencia de su delegado en el momento de la votación, también denominado "No Show"): es el único Estado de los 47 en haber recurrido a esta peculiar técnica para el voto de esta resolución. Como se recordará, el 15 de septiembre del 2020, Bahrein e Israel anunciaron la firma, desde Washington, de un sorpresivo acuerdo sobre la normalización de sus relaciones oficiales.

En esta ocasión, Israel pudo únicamente contar con los votos de Austria, Bulgaria, Brasil, Camerún, Malawi y Togo (que votaron en contra del texto) según se desprende del registro de la votación y que a continuación reproducimos:

Palestina-Consejo-de-Derechos-Humanos-de-Naciones-Unidas-a-proposito

Por parte de América Latina y el Caribe, con excepción de Brasil que votó en contra, los demás Estados de la región votaron  a favor de la resolución (Argentina, Bolivia, Cuba, México, Uruguay y Venezuela), Bahamas optando por abstenerse (al igual que Filipinas, India, Islas Marshall, Nepal, Reino Unido, República Checa y Ucrania). Siempre con relación a América Latina, no está de más recordar que en octubre del 2020, resultaron electos por parte de América Latina, Bolivia, Cuba y México, en sustitución de Perú y Chile, con México logrando ser reelecto; mientras que en octubre del 2019, resultaron electos Brasil (reelección) y Venezuela, al tiempo que Costa Rica intentó de manera sorpresiva postularse, sin lograrlo.

Cabe señalar que en el 2020, un texto muy similar contó con 17 abstenciones, entre las cuales las de Alemania, Corea del Sur, Dinamarca, Italia, Japón, Países Bajos, Senegal y Uruguay: 8 Estados que optaron entre el 2020 y el 2021 por cambiar su posición y votar afirmativamente en favor del texto.

Justicia y rendición de cuenta en Palestina: un acento diferente en este 2021

A diferencia de otros años, esta votación acaecida este 23 de marzo del 2021 en el máximo órgano de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, resulta de mayor relevancia para Palestina y para las víctimas y las organizaciones palestinas que claman desde hace mucho tiempo por justicia ante las exacciones israelies cometidas en territorio palestino: una luz esperanzadora ha empezado a brillar en este 2021.  

En efecto, el pasado 5 de febrero, la Sala Preliminar de la Corte Penal Internacional (CPI) decidió que la CPI es plenamente competente para examinar lo ocurrido y ello en todos los territorios palestinos, sin ningún tipo de excepción.

Un reciente foro con juristas de habla francesa (el profesor Eric David, de Bélgica y el magistrado galo Ghislain Poissonnier) auspiciado por la AURDIP (Association des Universitaires pour le Respect du Droit International en Palestine) detalló el alcance de esta histórica decisión que fue dada a conocer en La Haya el 5 de febrero del 2021.

Al respecto, resulta oportuno mencionar que este próximo 9 de abril vencerá el plazo otorgado por la CPI a Israel (así como a Palestina) para contestar la notificación enviada el pasado 9 de marzo a ambos Estados: como bien se sabe, el principio de complementariedad obliga a la CPI a solicitar inicialmente al Estado incriminado el listado de investigaciones realizadas sobre los mismos hechos (de manera a no duplicar los esfuerzos de entidades nacionales preexistentes).

En estos primeros días de abril, no pareciera tener mucha claridad sobre la estrategia de Israel (véase nota del Jerusalem Post del 1/04/2021 titulada "Israel no tiene un enfoque planificado, respuesta a la CPI, con 9 días para el final" y este artículo de opinión publicado en Haaretz en la misma fecha). De contestar formalmente Israel a la CPI sobre las eventuales investigaciones internas realizadas en Israel con relación a los hechos que quiere investigar la CPI, legitimaría la decisión del pasado 5 de febrero (que oficialmente Israel considera oficialmente ilegítima, sesgada e incluso "antisemita"; y de no contestar a la CPI,  habilitaría jurídicamente a los investigadores de la CPI a examinar ellos mismos todos los hechos, sin excepción de ningun tipo, objeto de la solicitud presentada por Palestina a la Fiscalía de la CPI.  

Cabe también señalar que este 3 de abril del 2021, la CPI saludó el retiro de sanciones en su contra por parte de la nueva administración norteamericana. Como bien se sabe, el único Estado en haber felicitado a Estados Unidos por esta insólita decisión tomada en junio del 2020 fue Israel : habíamos tenido la oportunidad de explicar que las justificaciones oficiales dadas por Estados Unidos al anunciar estas sanciones disimulaban otras, menos explícitas, relacionadas a Israel

Votaciones anteriores en breve sobre justicia y rendición de cuentas en Palestina

En el año 2020, una resolución muy similar había sido adoptada por el Consejo de Derechos Humanos con 22 votos a favor (incluyendo el voto de Bahrein), 8 en contra (Austria, Australia, Brasil, Bulgaria, Islas Fidji, República Checa, Togo y Ucrania)y 17 abstenciones.

En 2019 , el resultado obtenido fue de 23 votos a favor, 8 en contra y 15 abstenciones. Es de notar que en el 2019, Bahrein figuraba entre los Estados proponentes del proyecto de resolución.  En 2018, un texto similar obtuvo 27 votos a favor, 4 en contra (Australia, Estados Unidos, Togo y Reino Unido) y un total de 15 abstenciones. 

A modo de conclusión

Más allá de la situación bastante peculiar para este 2021 de la delegación de Bahrein en Ginebra, y del súbito cambio de parecer de varios Estados partidarios de abstenerse el año pasado, la comparación de los resultados obtenidos desde el 2018 en la votación de esta resolución evidencia el siguiente dato: la marca registrada en este 2021 es la peor obtenida por la diplomacia israelí y la de su fiel aliado norteamericano en los últimos 4 años.  

Lo cual viene a confirmar (nuevamente) el efecto contraproductivo que conllevan para Israel la tónica y la actitud adoptada por sus máximas autoridades en los últimos tiempos, consistiendo en desafiar abiertamente las bases del ordenamiento jurídico internacional. 

Referencias:

Nota 1: El principio de complementaridad  (también denominado "subsidiaredad") de la CPI significa que únicamente examina asuntos que no hayan sido objeto de investigaciones por parte de las autoridades judiciales nacionales. O bien, cuando a través de supuestas "investigaciones",  se manifiesta  claramente la renuencia del Estado a investigar y a sancionar  debidamente a los responsables de los hechos incriminados. 

Nota 2: Remitimos a nuestros estimables lectores a esta nota del Times of Israel, titulada "Netanyahu: An ICC investigation of Israel would be ‘pure anti-Semitism’" (edición del 6/02/2021) y a este artículo de opinión publicado por el Presidente de Israel en Le Figaro (Francia), el pasado 18 de marzo del 2021, disponible en este enlace.

Nota 3: Véase al respecto la breve nota: "Sanciones de EEUU contra la Corte Penal Internacional (CPI): algunos apuntes sobre sus verdaderas motivaciones", Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, 24 de septiembre del 2020, y disponible aquí.  

 

 

Nota: Nicolás Boeglin es profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

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